Reconocimiento y Transferencia de créditos

Criterios Generales

El reconocimiento y transferencia de créditos se llevará a cabo conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 822/2021.

En la UCM estos criterios están regulados por el Reglamento sobre Reconocimiento y Transferencia de Créditos (Boletín Oficial de la Universidad Complutense, BOUC nº 14, de 10 de noviembre de 2011), y se encuentran detallados en la dirección: https://www.ucm.es/solicitud-reconocimiento-creditos-master.

 

Criterios específicos

Reconocimiento por enseñanzas superiores universitarias: Número máximo de 12 ECTS.

Se podrán reconocer créditos obtenidos en asignaturas de Másteres Universitarios de áreas afines, que tengan más de un 70% de contenido común y proporcionen resultados de aprendizaje equivalentes a alguna asignatura del Máster Universitario en Química de Materiales para el Futuro.

El Trabajo Fin de Máster no podrá ser objeto de reconocimiento a excepción de aquellos que se desarrollen específicamente en un programa de movilidad del Máster Universitario en Química de Materiales para el Futuro.

Reconocimiento por enseñanzas superiores no universitarias: No aplicable.

Reconocimiento por experiencia profesional y laboral: Número máximo de 8 ECTS.

Se podrán reconocer créditos obtenidos por experiencia profesional y laboral correspondiendo con una vinculación contractual en ejercicio de actividades profesionales y laborales en un puesto de trabajo en el que realice funciones de análogo nivel y en áreas que tengan más de un 70% de contenido común y proporcionen resultados de aprendizaje equivalentes a la Materia Prácticas del Máster Universitario en Química de Materiales para el Futuro. Se reconocerán como máximo 8 ECTS por tres años de contrato laboral en jornada completa.

El número de créditos totales reconocidos no pueden superar el 30% del total de créditos del plan de estudios.