Reconocimiento y Transferencia de créditos
Criterios Generales
El reconocimiento y transferencia de créditos se llevará a cabo conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 822/2021.
En la UCM estos criterios están regulados por el Reglamento sobre Reconocimiento y Transferencia de Créditos (Boletín Oficial de la Universidad Complutense, BOUC nº 14, de 10 de noviembre de 2011), y se encuentran detallados en la dirección: https://www.ucm.es/solicitud-reconocimiento-creditos-master.
Criterios específicos
Reconocimiento por enseñanzas superiores universitarias: Número máximo de 12 ECTS.
Se podrán reconocer créditos obtenidos en asignaturas de Másteres Universitarios de áreas afines, que tengan más de un 70% de contenido común y proporcionen resultados de aprendizaje equivalentes a alguna asignatura del Máster Universitario en Química de Materiales para el Futuro.
El Trabajo Fin de Máster no podrá ser objeto de reconocimiento a excepción de aquellos que se desarrollen específicamente en un programa de movilidad del Máster Universitario en Química de Materiales para el Futuro.
Reconocimiento por enseñanzas superiores no universitarias: No aplicable.
Reconocimiento por experiencia profesional y laboral: Número máximo de 8 ECTS.
Se podrán reconocer créditos obtenidos por experiencia profesional y laboral correspondiendo con una vinculación contractual en ejercicio de actividades profesionales y laborales en un puesto de trabajo en el que realice funciones de análogo nivel y en áreas que tengan más de un 70% de contenido común y proporcionen resultados de aprendizaje equivalentes a la Materia Prácticas del Máster Universitario en Química de Materiales para el Futuro. Se reconocerán como máximo 8 ECTS por tres años de contrato laboral en jornada completa.
El número de créditos totales reconocidos no pueden superar el 30% del total de créditos del plan de estudios.