Información Doctorado
Información sobre el doctorado en la Facultad de Ciencias Químicas
Debido a la implantación de los estudios de doctorado adaptados al Espacio Europeo de Educación Superior regulados por el R.D. 1393/2007, los estudios de doctorado anteriores regulados por el R.D. 778/1998 o por el R.D. 56/2005 se encuentran en extinción.
Información general sobre estudios de doctorado (R. D. 1393/2007)
- Un período de formación, que el doctorando o doctoranda podrá superar por tres vías:
- Realizando un título oficial de Máster.
- Cursando 60 créditos ECTS incluidos en uno o varios estudios oficiales de máster.
- Cursando 60 créditos ECTS de nivel de postgrado establecidos como tal período de formación de doctorado y no incluidos en ningún estudio oficial de máster.
- Un período de investigación que incluirá la elaboración de la tesis doctoral.
- Estar en posesión de un título universitario oficial español u otro expedido por una institución de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior que facultan en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de Máster.
- Estar en posesión de un título universitario oficial conforme a sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior (sin necesidad de la homologación del título), previa comprobación por la UCM de que acredite un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos universitarios oficiales españoles y que faculta en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de postgrado. El acceso por esta vía no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo de que esté en posesión el interesado, ni su reconocimiento a otros efectos que el de cursar el período de formación del doctorado.
- Estar en posesión de los títulos oficiales españoles de Grado, o equivalente, y de Máster Universitario.
- Asimismo podrán acceder quienes se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:
a) Estar en posesión de un título universitario oficial español, o de otro país integrante del Espacio Europeo de Educación Superior, que habilite para el acceso a Máster de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre y haber superado un mínimo de 300 créditos ECTS en el conjunto de estudios universitarios oficiales, de los que, al menos 60, habrán de ser de nivel de Máster.1
b) Estar en posesión de un título oficial español de Graduado o Graduada, cuya duración, conforme a normas de derecho comunitario, sea de al menos 300 créditos ECTS.
c) Los titulados universitarios que, previa obtención de plaza en formación en la correspondiente prueba de acceso a plazas de formación sanitaria especializada, hayan superado con evaluación positiva al menos dos años de formación de un programa para la obtención del título oficial de alguna de las especialidades en Ciencias de la Salud (MIR, BIR, FIR, etc.)
d) Estar en posesión de un título obtenido conforme a sistemas educativos extranjeros, sin necesidad de su homologación, previa comprobación por la universidad de que éste acredita un nivel de formación equivalente a la del título oficial español de Máster Universitario y que faculta en el país expedidor del título para el acceso a estudios de doctorado. Esta admisión no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo del que esté en posesión el interesado ni su reconocimiento a otros efectos que el del acceso a enseñanzas de Doctorado. (Para iniciar este trámite los estudiantes deberán presentar la documentación correspondiente en el Negociado de Convalidaciones -Edificio de Estudiantes-. Más información en web.ucm.es/matricula.)
Para los estudiantes que accedan por esta vía, será imprescindible haber tramitado el acceso para solicitar la admisión.
e) Estar en posesión de otro título español de Doctor obtenido conforme a anteriores ordenaciones universitarias.
f) Estar en posesión del Diploma de Estudios Avanzados obtenido de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 778/1998, de 30 de abril, o haber alcanzado la suficiencia investigadora regulada en el Real Decreto 185/1985, de 23 de enero.
1 Las personas interesadas en solicitar la admisión a las enseñanzas de doctorado en la UCM y que estando cursando estudios españoles de máster, estén en condiciones de concluir estos antes de la finalización del curso 2012-2013 podrán solicitar su admisión, debiendo hacer constar esta circunstancia en el formulario de solicitud. En todo caso, y con el plazo máximo del día 31 de octubre de 2013, deberá acreditarse en la Secretaría del Centro correspondiente, el cumplimiento de los requisitos de acceso a las enseñanzas de doctorado. Si no se presentara la documentación exigida dentro de ese plazo, la Secretaría del Centro procederá a la anulación definitiva de la matrícula de doctorado